Servicios

Jurídicos

Rabines Abogados, cuenta con una variedad servicios jurídicos en Derecho de Extranjería, Derecho de Familia y Derecho Laboral. Nuestro equipo de abogados siempre intentará dar solución al problema legal del cliente.


DERECHO LABORAL

«Protegemos tus derechos laborales con pasión y experiencia. Resolvemos conflictos y garantizamos un ambiente de trabajo justo y equitativo.»

DERECHO DE EXTRANJERÍA

«Facilitamos tu camino hacia un nuevo hogar en España. Navega sin preocupaciones por los trámites de inmigración con nuestro apoyo experto.»

DERECHO DE FAMILIA

«Reconstruimos y protegemos familias con soluciones legales sólidas. Tu paz familiar es nuestro compromiso.»



DERECHO LABORAL

  • Indemnizaciones por despido.
  • Indemnizaciones por lesión a Derechos Fundamentales.
  • Reclamaciones de cantidades como:
    – Salarios
    – Vacaciones
    – Otros.


DERECHO DE EXTRANJERÍA

=> ARRAIGO SOCIAL

  • Tres años de residencia en España
  • Carecer de antecedentes penales en España y el país de origen.
  • Informe de arraigo social favorable (salvo que tengas un familiar con residencia y trabajo).
  • Oferta de trabajo para la residencia y trabajo por cuenta ajena.
  • Proyecto empresarial para la residencia y trabajo como autónomo.
  • Pasaporte con una vigencia mínima al momento de la solicitud.
  • Otros.

=> ARRAIGO FAMILIAR

01) TENER UN HIJO ESPAÑOL MENOR DE EDAD

  • Certificado de nacimiento español del hijo menor.
  • No tener antecedentes penales en el país de origen.
  • No tener antecedentes penales en España.
  • DNI del hijo menor de edad.
  • Tener a cargo al menor.
  • Pasaporte en vigor y con un mínimo de 04 meses de vigencia.
  • Otros

02 ) TENER UN HIJO ESPAÑOL MAYOR DE EDAD

  • Certificado de nacimiento del hijo español.
  • No tener antecedentes penales en el país de origen.
  • No tener antecedentes penales en España.
  • DNI del hijo español.
  • El hijo debe estar a cargo de los padres.
  • Pasaporte en vigor con un mínimo de 04 meses de vigencia.
  • Otros

03 ) TENER PADRES DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA

Hijo Solicitante de residencia y trabajo
  • Certificado de nacimiento del país de origen – apostillado.
  • No tener antecedentes penales en el país de origen.
  • No tener antecedentes penales en España.
  • DNI del padre que da derecho a residencia – padres españoles.
  • El padre debe tener a cargo al hijo mayor de edad.
  • Pasaporte en vigor con un mínimo de 04 meses de vigencia.
  • Otros

=> ARRAIGO LABORAL

  • Dos años de residencia en España.
  • Demostrar actividad laboral por cuenta ajena: 06 horas a la semana en un periodo de 06 meses o 15 horas a la semana en un periodo de 12 meses.
  • Demostrar actividad laboral por cuenta propia por 06 meses.
  • Pasaporte en vigor con un mínimo de 04 meses de vigencia.
  • No tener antecedentes penales en España ni en el país de origen.
  • La actividad laboral debe realizarse en periodo de estancia o residencia legal.
  • Otros.

=> ARRAIGO POR COLABORACIÓN

  • Demostrar actividad laboral por cuenta ajena: 30 horas a la semana en un periodo de 06 meses como mínimo.
  • Pasaporte en vigor con más de 04 meses de vigencia.
  • La actividad laboral debe demostrarse a través de acta de inspección de trabajo y seguridad social.
  • No tener antecedentes penales en España ni en el país de origen.
  • Otros.

=> FAMILIAR COMUNITARIO

01) CÓNYUGUE

  • Pasaporte en vigor y con un mínimo de 04 meses de vigencia.
  • Certificado de matrimonio.
  • Empadronamiento conjunto.
  • Medios económicos (contrato de trabajo, nóminas, impuestos, otros).

02 ) PAREJA DE HECHO REGISTRADA

  • Pasaporte en vigor con un mínimo de 04 meses de vigencia.
  • Certificado de pareja de hecho.
  • Empadronamiento conjunto.
  • Medios económicos (contrato de trabajo, nóminas, impuestos, otros).
  • Otros.

03 ) PAREJA DE HECHO NO REGISTRADA

  • Pasaporte en vigor con un mínimo de 04 meses de vigencia.
  • Demostrar 12 meses de convivencia.
  • Empadronamiento conjunto.
  • Medios económicos (contrato de trabajo, nóminas, impuestos, otros).

=> ESTANCIA POR ESTUDIOS

  • Pasaporte en vigor con un mínimo de 04 meses de vigencia.
  • Estar en el territorio español al momento de la solicitud y debe realizar el trámite aun cuando resten 30 días de residencia legal.
  • Matrícula del centro de estudios o carta de admisión.
  • Dependiendo de los estudios se podrá trabajar 30 horas a la semana durante la vigencia de la estancia por estudios, pero solo se trabajara en algo relacionado a los estudios realizados.
  • Al finalizar los estudios se podrá modificar la estancia por estudios a residencia y trabajo por cuenta ajena o residencia y trabajo por cuenta propia.


DERECHO DE FAMILIA

  • Divorcio contencioso.
  • Divorcio de mutuo acuerdo.
  • Guarda y custodia de menores
  • Adopciones de mayores de edad.
  • Otros.

OTROS TRÁMITES

Reagrupación Familiar (Cónyugue – Hijos)

  • El reagrupante deberá contar con medios económicos suficientes que garantice el mantenimiento adecuado de la familia que se reagrupa (ingresos derivados del ahorro y/o trabajo).
  • El reagrupante debe garantizar una vivienda adecuada o digna (alquilada o propia).
  • Otros,

Residencia no lucrativa

  • Ciudadanos extranjeros con medios económicos suficientes para residir en España sin estar autorizado a trabajar.
  • Ciudadanos extranjeros residentes (indocumentados) en España hijos de ciudadanos extranjeros residentes legales, obtendrán la residencia legal sin autorización de trabajo.
  • Cónyuges de ciudadanos extranjeros residentes legales.

Residencias y trabajo Inicial por cuenta ajena

  • El trámite se realiza cuando el ciudadano extranjero se encuentra en el país de origen.
  • Deberá presentar la solicitud de residencia y trabajo inicial el empleador quien tiene la obligación de contar con medios económicos suficientes para garantizar el pago del salario del trabajador. (* Datos adicionales)


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